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No se ni por donde empezar.
A que te refieres con separación de bienes? Al hecho de hacer una liquidación de la sociedad de gananciales o a la propia figura de separación de bienes? Partiré de que te refieres a lo primero.
No es cuestión de justicia, es el pacto alcanzado antes de firmar. Para remediar injusticias existe otra figura llamada enriquecimiento injusto e implica una pensión compensatoria para el cónyuge que por la situación se haya visto desfavorecido en cuanto a las posibilidades de desarrollarse profesionalmente y haya invertido su esfuerzo en el matrimonio.
Insisto, la "separación de bienes" no es cuestión de justicia, es lo pactado como en cualquier otro contrato.
Nos vamos a descojonar cuando no queden proveedores, que risas.
La compensación económica tras el divorcio - que no separación - y no la separación de bienes se realiza solo si previamente se ha pactado entre los cónyuges y, si mal no recuerdo, si hay criatura/s de por medio.
La separación de bienes es una forma contractual del matrimonio la cual especifica que lo tuyo es tuyo y lo de tu pareja es de ella.
Me imagino a la autora del TQD, pensando: "Vale ya tengo puesto el símbolo de Marte, ¿qué pongo de nick que que sea masculino y les guste a los hombres? Ya sé, ¡Rambo!"
#6 #6 yoymiyo86 dijo: La compensación económica tras el divorcio - que no separación - y no la separación de bienes se realiza solo si previamente se ha pactado entre los cónyuges y, si mal no recuerdo, si hay criatura/s de por medio.
La separación de bienes es una forma contractual del matrimonio la cual especifica que lo tuyo es tuyo y lo de tu pareja es de ella. @yoymiyo86 Si hay criaturas, no influye en la división de bienes o pensiones a excepción de quién se queda la vivienda familiar (que se da a quien tenga la custodia porque la prioridad son los hijos). Las pensiones de alimentación de los hijos van a parte del propio divorcio. Pagas pensión de alimentación de un hijo nacido fuera del matrimonio por ejemplo
No es cuestión de justicia, es como bien te han dicho que el matrimonio es un contrato, y se establecen las bases antes.
En cuestión de justicia, como tú dices, puede ser muy relativo. Una mujer que aunque no trabaje se haya encargado de la casa y tres hijos no ha parado, por lo que según tú merece la separación, pero si ha sido de un matrimonio sin hijos con servicio, ¿entonces según tú ya no merecería ese dinero? Cada caso es un mundo...
#7 #7 adultspyro dijo: #6 @yoymiyo86 Si hay criaturas, no influye en la división de bienes o pensiones a excepción de quién se queda la vivienda familiar (que se da a quien tenga la custodia porque la prioridad son los hijos). Las pensiones de alimentación de los hijos van a parte del propio divorcio. Pagas pensión de alimentación de un hijo nacido fuera del matrimonio por ejemplo@adultspyro No he hablado de nada de eso porque eso es, como apuntas, otro tema. He hablado de la separación de bienes - propiedad del vehículo, vivienda, 2ªs viviendas, cuenta bancaria... - y la compensación económica para el cónyuge menos favorecido económicamente tras el divorcio.
#9 #9 yoymiyo86 dijo: #7 @adultspyro No he hablado de nada de eso porque eso es, como apuntas, otro tema. He hablado de la separación de bienes - propiedad del vehículo, vivienda, 2ªs viviendas, cuenta bancaria... - y la compensación económica para el cónyuge menos favorecido económicamente tras el divorcio.@yoymiyo86 Nah, si solo me refería a eso, a que las hijos son a parte. No te rebatía nada
El trabajo de cuidados es un concepto que se esta tratando e incluso en economía se empieza a considerar como trabajo y no ya solo el que produce beneficios económicos directos.
Pero aún queda mucho por avanzar en ese aspecto
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